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ORDEN de 11 julio de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del Protocolo adicional 2012 entre la Delegación del Pueblo Saharaui para Aragón y el Gobierno de Aragón en materia de cooperación para el desarrollo.

Publicado el 26/07/2012 (Nº 145)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h7c00n5479-Add1/12 el protocolo adicional suscrito, con fecha 6 de julio de 2012, por la Delegada saharaui para la Comunidad Autónoma de Aragón y el Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado protocolo, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 11 de julio de 2012.

En Zaragoza, a 6 de julio de 2012.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Roberto Bermúdez de Castro Mur, Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, en nombre y representación de éste, facultado para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha de 3 de julio de 2012.

Y, de otra, D.ª Fatma Sidi Nafa, Delegada saharaui para la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a la ordenanza Presidencial n.º 0169/2009, de fecha 8/10/2009, según carta de acreditación de la Delegación Saharaui para España.

Ambos representantes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente y suscriben, en nombre de las respectivas entidades, el presente documento y, al efecto manifiestan:

Que con el fin de dar cumplimiento a la cláusula cuarta del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Delegación del Pueblo Saharaui para Aragón, suscrito con fecha 29 de noviembre de 2004, y en virtud del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha quedado establecido el siguiente Protocolo adicional 2012, en las siguientes cláusulas:

Primera.

De acuerdo con este protocolo, ambas partes se comprometen a ejecutar el siguiente Plan operativo durante este año 2012, dentro de las líneas de trabajo establecidas en la cláusula segunda del convenio de colaboración citado:

a) Apoyo a las actividades de promoción de la Delegación del Pueblo Saharaui en Aragón para la correcta utilización de las acciones de solidaridad que el pueblo aragonés destina a favor de dicho pueblo.

Financiación: 18.000 euros.

b) Proyectos y programas de cooperación para el desarrollo en los campamentos de refugiados del Pueblo Saharaui, que favorezcan el desarrollo y la mejora de su calidad de vida.

- Apoyo alimentario: compra de productos básicos (arroz, lentejas, aceite y azúcar) para poder cubrir el déficit existente debido a la carencia de estos productos agudizada por retrasos y recortes en las ayudas que venían cubriendo esas necesidades. Financiación: 92.000 euros.

- Agua: compra de cisternas familiares. Financiación: 10.000 euros.

Segunda.

La dotación global para este programa será de 120.000 euros con cargo al Fondo de Solidaridad con los países más desfavorecidos para el año 2012 (aplicación presupuestaria 10050 G/1341/780004/91002). Su abono se realizará de la siguiente forma: 112.000 euros se abonarán a la firma de este protocolo, de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento del régimen jurídico de las ayudas y de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo, aprobado mediante Decreto 164/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón; y los 8.000 euros restantes, una vez justificado ese primer anticipo, mediante los documentos justificativos correspondientes. La justificación total requerirá la presentación del resto de documentos justificativos y de un Informe final donde se especifique el balance final tanto económico como de resultados prácticos del programa.

Tercera.

La Delegación del Pueblo Saharaui para Aragón se compromete a utilizar las cantidades aportadas por el Gobierno de Aragón íntegramente en las líneas de trabajo objeto de financiación del Gobierno, así como al cumplimiento de los requisitos de justificación establecidos con carácter general para los proyectos/programas de cooperación para el desarrollo en el plazo marcado para su ejecución. A tal efecto, deberán tenerse en cuenta los preceptos del Reglamento del régimen jurídico de las ayudas y de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo citado anteriormente.

Cuarta.

La Delegación Saharaui para Aragón se compromete, asimismo, a informar al Gobierno de Aragón de la obtención de otras subvenciones o ayudas para las mismas finalidades que se especifican en este protocolo, procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Quinta.

En las acciones de difusión y divulgación de las actuaciones realizadas en virtud del presente protocolo, se hará constar la participación del Gobierno de Aragón.

Leído y hallado conforme, lo firman los intervinientes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.